"*" señala los campos obligatorios
Fotografía tu póliza y envíanos el archivo
"*" señala los campos obligatorios
El seguro de vida es una póliza que brinda protección ante siniestros que culminen en fallecimiento e invalidez permanente o absoluta. Generalmente, estos seguros son los más contratados en sus diferentes tipos (seguro de vida entera o en términos, por ejemplo).
Son varios los contextos en los que puedas desear adquirir un seguro de vida, ya sea porque quieres tener una protección extra en caso de que ocurra un siniestro o porque te lo han exigido como requisito al momento de adquirir una hipoteca. En una situación como la última, es común que diversas entidades bancarias lo pidan como un requisito, aunque en realidad no es un elemento obligatorio a nivel legal.
Una cesión de derechos es, en términos sencillos, el traspaso de titularidad de una póliza de un individuo a otro. Este es un concepto que puede darse porque el beneficiario desea realizar la cesión de derechos a otra persona o institución por motivos personales, así como para la adquisición de una hipoteca. Ahora bien, al momento de adquirir un seguro de vida, existe un elemento importante que debes conocer en caso de que lo amerites: la cesión de derechos.
Como ya se mencionó, en el ámbito de los seguros, especialmente los de vida, de hogar o de coches, puede que te encuentres en una situación en la que requieras o desees realizar una cesión de derechos, pero ¿en qué consiste? del seguro se quiere dar de baja y ante esa opción, decide traspasar sus derechos y beneficios en función a determinada póliza a otra persona.
Un aspecto a tener en cuenta con respecto a este tema, es que cuando se realiza el traspaso y existía un beneficiario designado, se considera que dicha designación no es efectiva. No obstante, existe un motivo por el cual se puede obstaculizar la cesión de derechos y es cuando al momento de la contratación, se establece un beneficiario de manera irrevocable.
Adquirir una hipoteca es una gran responsabilidad, por eso, las entidades bancarias piden una garantía de que la persona que está adquiriendo la hipoteca podrá saldar su deuda. Entre esas garantías, puede que se encuentre como exigencia la contratación de un seguro de amortización por hipoteca o por el contrario, un seguro de vida con cláusula de cesión de derechos a nombre de la entidad bancaria.
De esa manera, en caso de fallecimiento del tomador no solvente, una parte del beneficio por la póliza, igual al monto de la deuda ante la entidad bancaria, será que trasferido a esta última. Así mismo, a este tipo de transacciones, también se les denomina pignoración, lo que quiere decir que la póliza es colocada como garantía de un pago determinado, una especie de aval bancario.
Un seguro de vida con cesión de derechos es un requerimiento por parte de las entidades bancarias al momento de querer adquirir una hipoteca. Es importante resaltar que no es un requisito obligatorio por ley, sino una garantía ante el banco. De hecho, puedes contratar el seguro con cesión de derechos en la aseguradora de tu preferencia si la misma ofrece pólizas bajo esas condiciones.
Por otro lado, un seguro de vida con una cesión de derechos como cláusulas no sólo es beneficioso para el banco, sino también para ti. Así, puedes brindar cobertura ante cualquier siniestro y un posible fallecimiento a familiares inmediatos o los beneficiarios que hayas estipulado. Es decir, al contratar este tipo de pólizas, en caso de fallecer y no estar solvente, la deuda será saldada automáticamente al banco y la responsabilidad de pagarla no será cedida a los familiares o beneficiarios, quienes recibirán el restante del seguro.
Por el contrario, en caso de no haber fallecimiento y de estar solvente con respecto a la hipoteca, puedes continuar teniendo tu seguro de vida para brindar protección ante una situación de invalidez. Igualmente, tienes la opción de retirar el dinero en caso de que lo amerites por una situación de desempleo o porque lo consideres conveniente para ti.
Según lo establecido por el artículo 99 de la Ley del Contrato del Seguro, el tomador (persona que adquiere los derechos de la póliza) puede ceder o pignorar su póliza de seguro cuando lo desee. De esa forma, la cesión es un derecho en sí, uno al cual las personas pueden recurrir, exceptuando determinadas situaciones.
Entre las mismas, se aprecia que en caso de haber establecido un beneficiario irrevocable, la cesión de los derechos no pueden llevarse a cabo, debido a que cuando se realizan, el beneficiario que había sido designado, deja de serlo.
Son varias las instituciones que ofrecen seguros de vida con cesión de derechos incluida. En algunos casos, incluso puedes adquirirlo en la misma entidad bancaria en la que estás adquiriendo la hipoteca o el préstamo.
No obstante, siempre puedes escoger adquirir el seguro en tu aseguradora de confianza. En Reale, podrás encontrar pólizas atractivas, flexibles, adaptables a tus necesidades y preferencias de los pagos. Además, podrás adquirir tu seguro de vida con una cláusula de cesión de derechos incluida a precios accesibles, para que establezcas una garantía en tus propias condiciones.
Déjanos tus datos y nosotros nos pondremos en contacto
"*" señala los campos obligatorios